Por todos es conocido que Hacienda nos tiene vigilados en cada movimiento económico que se hace. De hecho, la Administración Tributaria dispone de diferentes mecanismos para cotejar y comprobar que cada contribuyente declara lo que le corresponde.

En este post vamos a mencionar alguno de los modelos con los que Hacienda comprueba si una empresa o un autónomo están declarando todos sus ingresos de manera correcta. Por ello, una de las pautas que se deben seguir es declarar todas las ventas e ingresos en el período de liquidación correcto.

Estos mecanismos son, principalmente, las declaraciones informativas que se declaran y en las que aparecen tanto las ventas como las compras. Con estas declaraciones, Hacienda lo que hace es comparar directamente que las ventas declaradas por una empresa o autónomo coincide con las compras que declara el cliente.

Podemos señalar como fuentes de información que la Administración Tributaria tiene las siguientes:

  • Modelo 347: Es un modelo del que hablamos en un anterior post «modelo 347». En él se declaran las operaciones que superan los 3.005,06 euros anuales (IVA incluido) y se debe informar sobre las compras y ventas realizadas durante el año de manera trimestral. De esta forma, hacienda puede cruzar los datos y comprobar que, efectivamente, la información declarada por el comprador o cliente coincide con la cantidad declarada por el vendedor y en el período correcto.
  • Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII): Con este sistema los clientes que declaran el IVA de forma mensual informan de todas las facturas que recibe y, también las que emite. En este sistema están incluidos las grandes empresas (volumen de operaciones es mayor de 6.010.121,04 euros) o es una empresa que se encuentre en el régimen de devolución mensual o REDEME.
  • Operaciones con la Unión Europea (UE): En España contamos con el Modelo 349, en el que se declaran las operaciones realizadas en la UE y por la que Hacienda dispone de la información que nosotros suministramos. Dicha información tiene que coincidir con la que los clientes de la UE informa a través de las declaraciones que cada uno presenta en su país correspondiente.
  • Operaciones con el Extranjero: En caso de realizar operaciones con el extranjero, Hacienda dispone de la información que se facilite en Aduanas a través de los DUA´s (Documentos únicos aduaneros). De tal manera que se coteja la información declarada tanto por el cliente como con la facilitada por el vendedor.Con los mecanismos que se han mencionado hasta el momento Hacienda obtiene la información de clientes que son empresas y profesionales. ¿Qué pasa con los clientes que son particulares? En estos casos, Hacienda dispone de la información a través de las entidades bancarias de una manera indirecta.También, últimamente, la Administración Tributaria está cruzando datos de empresas del sector. De esta manera si Hacienda observa que los márgenes de beneficios que una empresa o autónomo declara son inferiores a los declarados por otras empresas de su sector puede interpretar que no declara todas sus ventas.

    Con todo esto, nuestra recomendación es que se declaren en el período correcto las facturas emitidas. Que se lleve un control correcto de las facturas y que no se deje ninguna para trimestres posteriores. De esta manera evitaremos que Hacienda pueda iniciar una comprobación por creer que no se declaran todas las ventas o que se atrasa en la declaración el IVA repercutido, viéndose perjudicada la Administración en estos supuestos.

    Desde Blanco Lifante Abogados Tributarios somos conscientes que es muy importante cumplir con todas las obligaciones fiscales que se tengan y, además, hacerlo de manera correcta para evitar futuras sorpresas. Por ello siempre es fundamental estar rodeados de profesionales que den solución a tus dudas y tranquilidad en cada paso que das.