Para la declaración de la renta del 2018 tenemos novedades en cuanto a las deducciones. A partir del 5 de julio de 2018 se amplía las deducciones por personas con discapacidad a cargo al cónyuge no separado legalmente. Esta deducción entra en vigor a partir del mes siguiente a la publicación por lo que para el ejercicio 2018 sólo serán aplicables 5 meses, desde agosto hasta diciembre de 2018, ambos inclusive.

Para tener derecho a esta deducción es necesario que se cumplan una sería de requisitos que son los siguientes:

  • Que exista vínculo matrimonial
  • Que el cónyuge sea una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33%
  • Que el cónyuge no haya obtenido durante el ejercicio 2018 rentas superiores a 8.000,00 euros anuales, excluidas las exentas del impuesto.
  • Que el cónyuge con discapacidad no genere el derecho a las deducciones por descendientes o ascendientes con discapacidad.

En cuanto al cómputo de los 8.000,00 euros se deberán sumar las rentas que tributan en la base general como las que tributan en la base del ahorro, pero también se podrán deducir ciertas cuantías. Así, se podrá restar los gastos deducibles entre los que incluimos los 2.000,00 euros de “otros gastos”. Es decir, al calcular el límite de 8.000,00 de rentas para este caso hay que tener en cuenta los rendimientos netos.

La deducción podrá ser de 1.200,00 euros anuales (100,00 euros al mes). Pero, para el ejercicio 2018 solo es posible la aplicación hasta 500,00 euros por los meses de agosto y diciembre tal y como hemos comentado en el primer párrafo de este post.

Los contribuyentes con derecho a la aplicación de esta deducción podrán solicitar a la Administración Tributaria el abono de forma anticipada que será de 100,00 euros al mes y la solicitud será individual. El modelo a cumplimentar y presentar será el Modelo 143 “Abono anticipado deducción de familia numerosa, por ascendiente con dos hijos o por personas con discapacidad a cargo”. El cómputo del número de meses para el cálculo del importe de la deducción y el estado civil del contribuyente se determinarán de acuerdo con la situación que haya el último día de cada mes.

Desde Blanco Lifante Abogados Tributarios, recordamos que es importante tener esta información presente a la hora de realizar la declaración de la renta y comprobar que los datos que aparecen son correctos, indicar la deducción (si tenemos derecho a ella) y que los importes que aparecen o que indicamos nosotros son los que corresponden. Incluir esta deducción permite reducir la tributación de los contribuyentes dado que se minora la cuota diferencial  por lo que el resultado que se obtenga en la declaración puede ser negativo. 

Si tienes dudas, nosotros te asesoramos para que tu declaración sea presentada de manera correcta. Contáctanos.